Deslindes y Amojonamientos
Deslindes y Amojonamientos
Deslindar una finca es señalar los límites de esa finca o heredad. Si una finca no está correctamente delimitada o exista una controversia registral de la misma, hay que proceder a deslindarla. Significa pues señalar con hitos, tantos, mojones, y distinguir los términos de un lugar. Desde siempre ha causado grandes problemas los linderos de una finca. Hoy en día, es muy importante tener claramente definidos y con mucha precisión los límites jurisdiccionales, puesto que la nueva Ley del Catastro Inmobiliario define las líneas límite como la base para la tributación, cortando incluso parcelas y edificios contra ella
El Código Civil en su art 384 señala que todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad con citación de los predios colindante, lo que es una de las facultades del contenido del derecho de propiedad para su defensa, consistiendo en la fijación de los limites de los inmuebles contiguos cuando sean inciertos o existan controversias pudiendo hacerse por acuerdo, o por procedimiento de jurisdicción voluntaria o por juicio contencioso declarativo.
El caso que se expone se resolvió en el 2.004. Un deslinde provisional del monte Almorchón en Ardales (Málaga) generó discrepancias. El primer plano confeccionado databa de 1.914. Los estadillos del Ingeniero de Montes, sirvieron para demostrar donde estaba la cañada que limitaba el monte.